jueves, 22 de octubre de 2015

TAREA 3: COMPARATIVA LOE/LOMCE

Con el tema de las Reformas Educativas para un poco como con Gran Hermano, nadie lo ve pero ya vamos por la 9ª edición o lo que es lo mismo todos vemos mal tanto baile pero ya vamos por la 7ª reforma. ¡¡7 en 35 años!! A razón de una cada cinco años. Da que pensar...

En esta actividad me centraré en un aspecto que me ha llamado la atención especialmente entre la LOE y la LOMCE: La nueva relación Centros Públicos - Centros Privados (Concertados)

Probablemente haya sido uno de los aspectos más polémicos de la llamada Ley Wert y atendiendo a las modificaciones podemos comprender "por qué". Vayamos por partes:


1. Oferta de plazas:
El artículo 1.68 que modifica al 109 de la LOE recoge que la oferta de plazas se organizará atendiendo a la "demanda social". Esto influye en que si los padres presionan puede abrirse un centro privado en vez de uno público. Es también llamativo que en la redacción de dicho artículo se incluyan primero los criterios economicistas "principio de economía y eficiencia en el uso de los recursos públicos", que la necesidad de ofertar plazas suficientes.

2. Construcción de colegios privados sobre suelo público:
El artículo 1.61 que modifica al 106, se establece que "las Administraciones educativas podrán convocar concursos públicos para la construcción y gestión de centros concertados sobre suelo público dotacional". Esta medida complementa a la de la oferta de plazas que acabamos de comentar.

3. Conciertos en casos de segregación por sexos:
De nuevo el artículo 1.61 introduce otro elemento polémico al modificar el artículo 84 de la LOE donde se afirmaba que "e
n ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". En este punto, la nueva Ley añade "No constituye discriminación la admisión de alumnos y alumnas o la organización de la enseñanza diferenciadas por sexos... En ningún caso la elección de la educación diferenciada por sexos podrá implicar para las familias, alumnos y alumnas y centros correspondientes un trato menos favorable, ni una desventaja, a la hora de suscribir conciertos con las Administraciones educativas o en cualquier otro aspecto..."

Este punto es especialmente escalofriante por el retroceso que, a mi juicio, supone con respecto a la normativa anterior. La educación mixta debería ser obligatoria e incluso penado legalmente el educar a las nuevas generaciones por separado. La cuestión de genero debe trabajarse desde la infancia y separándoles conseguimos todo lo contrario.

Hasta aquí el análisis concreto de esta cuestión tan polémica en la LOMCE. Ahora lanzo una reflexión que sirve para analizar cada una de las 7 Reformas Educativas que han estado vigentes en esta ¿democracia?. En realidad podría haber analizado cualquiera de ellas que ninguna hubiera sido válida, porque al fin y al cabo ya decía el gran Paulo Freire que "sería una actitud ingenua esperar que las clases dominantes desarrollen una forma de educación que permitiese a las clases dominadas percibir las injusticias sociales de forma crítica"




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